Nuestro abogado laboralista en Sanlucar de Barrameda cerró la semana pasada, acuerdo en el Centro de Medicación, Arbitraje y Conciliación de Jerez de la Frontera, en el que se abonaba al trabajador una indemnización por despido improcedente que reconoce implícitamente la nulidad del despido obrado, pero que, aun así, opta por extinguir la relación contractual por ser lo más conveniente para ambas partes.
El planteamiento de nuestro letrado era instrumentar un despido nulo, al encontrarse de baja laboral el trabajador en el momento de la extinción contractual. El despido de un trabajador en incapacidad temporal no es, de por sí, causa de despido nulo, por lo que habrá que estar al contenido de la carta de despido para conocer el alcance exacto de la decisión empresarial para el trabajador. Si la carta no cumple con el contenido básico, como puede ser, explicar de manera detallada cuales son las circunstancias que acarrean la decisión extintiva, podemos estar ante un despido nulo. Por ello, el asesoramiento de un abogado especialista en la materia es fundamental para hacer valer los derechos del trabajador frente a actuaciones injustas del empleado.
Si ha sido despedido o tiene alguna consulta laboral, no dude en contactar con nosotros. Desde nuestra sede de Sanlúcar de Barrameda podemos actuar en toda la provincia de Cádiz, representando sus intereses y ofreciéndole las mejores soluciones a sus asuntos laborales.