26 de noviembre de 2025

Recurso de reposición en procedimiento laboral admitido.

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Nuestros abogados laboralistas presentaron el pasado mes demanda en reclamación del abono de prestación de ingreso mínimo vital, por cuenta de un cliente especialmente vulnerable. La demanda fue aceptada y turnada, convocando a las partes a vista en un plazo elevado, de más de año y medio. Desde nuestro despacho, entendimos que este nexo temporal era completamente intolerable, por lo que planteamos recurso de reposición contra el señalamiento, solicitando que se adelantase el mismo.

Por ese motivo, los abogados laboralistas de 3A Abogados presentaron recuro alegando la vulneración de la tutela judicial efectiva. En el ámbito laboral, esta se encuadra en los artículos 82 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, 24 1 y 2 de la Constitución Española y 6.1 del Convenio europeo de derechos humanos. También se invocó, por nuestros letrados especialistas en derecho laboral, la Sentencia 125/2.022 del Tribunal Constitucional, recurso de amparo 8.133/2.021.

Volviendo al supuesto que traemos hoy, el Letrado de la Administración de Justicia, visto el expediente, ha reconocido que la excesiva dilación del procedimiento podría acarear un evidente perjuicio al interesado. Por lo que se ha avenido a la solicitud, admitiendo el recurso y turnando la vista en una fecha que permitirá al interesado acceder a la justicia de manera más rápida. Todo ello, gracias al buen hacer de nuestros abogados laboralistas.

Si tiene un procedimiento de índole laboral o social, sepa que acudir a un abogado laboralista experto en la materia es fundamental para salvaguardar sus derechos como trabajador o ciudadano. Si tiene alguna consulta, desde nuestro despacho en Sanlúcar de Barrameda, podemos intervenir en procedimientos de toda la provincia, asesorándole y prestándole las más innovadoras soluciones para asegurar sus derechos frente a su empleador.