23 de junio de 2025

Prescripción de las sanciones laborales.

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Dentro del poder de dirección y organización del empleador, se encuentra lo potestad de apercibir al trabajador por las faltas en las que, a su juicio, incurra en su prestación de servicio a la empresa. Junto a estas faltas, puede interponer las sanciones correspondientes.

El Estatuto de los Trabajadores recoge esta potestad empresarial en el artículo 58. Desde el momento en el que le imponen una falta con su correspondiente sanción, independientemente de su graduación, le recomendamos acudir a un abogado laboralista para evaluar su situación.

Las citadas faltas, según su valoración, así como las sanciones que tienen aparejadas, tienen un plazo de prescripción. Así lo indica el artículo 60.2 del Estatuto de los Trabajadores.

Por lo que una sanción interpuesta por una falta prescrita no tendrá efectos algunos. Se necesita, por lo tanto, de la labor interpretativa por parte de un abogado laboralista especializado en la materia para conocer el alcance de la sanción.

Por lo que, por ejemplo, una sanción leve como puede ser el retraso en la hora de entrada en el puesto de trabajo durante un tiempo más o menos prolongado, prescribirá a los 10 días.

En este supuesto específico, la labor que corresponde a un abogado laboralista es aún más crucial. Ya que, de no sancionar estos comportamientos, se pueden entender que la práctica es tolerada por la dirección empresarial.

Por lo que la interposición de faltas posteriores por el mismo hecho que desencadenen en sanciones puede no ser amparadas por la jurisdicción social.

Los abogados laboralistas del bufete 3A, Asesores y Abogados Asociados coinciden en este extremo mentado. Por lo que, reiteramos, es fundamental acudir a un especialista en derecho laboral cuando se le interpone una sanción por parte de su empleador o plantea estructurar de manera eficiente su gestión de personal en la empresa.

Si tiene alguna consulta sobre esta u otra situación que le pudiera ocurrir en su trabajo, desde nuestro despacho en Sanlúcar de Barrameda, nuestros abogados laboralistas pueden intervenir en procedimientos de toda la provincia, asesorándole y prestándole las más innovadoras soluciones para asegurar sus derechos frente a su empleador.